Trámites
¿Qué es la recategorización de oficio?
La recategorización de oficio ocurre en el caso que no realices las recategorizaciones necesarias y la AFIP note que tu nivel de facturación excede el máximo establecido en tu categoría. Por lo tanto, te cambia de categoría automáticamente.
¿En qué casos se realiza la recategorización de oficio?
La AFIP procederá a efectuar la recategorización de oficio cuando constate que el Monotributista ha adquirido bienes, realizado gastos de índole personal o posee acreditaciones bancarias por un valor que supera el importe de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual está encuadrado. En el caso de que tus gastos anuales superen el monto de tu categoría, la AFIP presupone que tus ingresos son mayores a los permitidos por la categoría. En el caso de que la AFIP haya hecho la recategorización de oficio y no corresponda, se debe presentar un reclamo para deshacerla.
¿Qué categoría asigna la AFIP?
La nueva categoría a asignar será la que corresponda al importe de ingresos anuales teniendo en cuenta la sumatoria entre el monto de los bienes adquiridos y los gastos de índole personal realizados o de las acreditaciones bancarias detectadas, más:
- El 20% de dicho valor si la actividad es locación y/o prestación de servicios.
- El 30% de dicho valor si la actividad es venta de cosas muebles.
¿Qué pasa si me excedo de los valores máximos permitidos para el Monotributo?
Cuando los bienes adquiridos, gastos realizados y las acreditaciones bancarias que posea el Monotributista, supere los valores de la categoría más alta permitida, se realizará la exclusión (del régimen simplificado) de pleno derecho y deberás inscribirte como Responsable Inscripto.
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